Curso 2011-2012 

Orientación educativa

Preguntas dudas y consejos sobre la universidad

Queremos abrir un correo electrónico dedicado a los futuros universitarios. Ustedes, alumnos o padres, nos envían un e-mail a la dirección iessandiegouniversidad@gmail.com con las dudas que tengais y nosotros respondemos o personalmente o añadiendo una aclaración general debajo.

Preguntas y dudas sobre la universidad

Programación curso 2011-12

Programación del asignaturas del departamento de Orientación del Curso 11-12: Bajar.

Orientación escolar y profesional para el curso 2010-2011

Programa de orientación, en especial para alumnos de 4º de la ESO y 2º de Bachillerato Se debe descargar y luego ejecutar, con ello realizará una instalación en vuestro ordenador Bajar el programa de orientación para el curso 10-11Bajar programa

Pruebas de la PAU:junio y septiembre 2011

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Reclamaciones de las notas: ESO

Cuando un alumno o una alumna, o, si es menor de edad, su padre o madre, tutores o representantes legales, esté en desacuerdo con las calificaciones obtenidas en la evaluación final del ciclo o curso, o con las decisiones adoptadas, podrá reclamar por escrito, alegando alguno de los siguientes motivos:

a) La notable discordancia entre el desarrollo de las programaciones didácticas en el aula y su incidencia en la evaluación.

b) La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación recogidos en las programaciones didácticas de las distintas áreas y materias.

c) La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y los obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

d) La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la presente Orden.

ORDEN de 7 de noviembre de 2007, por la que se regula la evaluación y promoción del alumnado que cursa la enseñanza básica y se establecen los requisitos para la obtención del Título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria.

Más detalles: leer

Reclamaciones de las notas: BACHILLERATO

Cuando un alumno o una alumna, o, si es menor de edad, su padre o madre, o representantes legales, estén en desacuerdo con las calificaciones obtenidas en la evaluación final del curso, podrán reclamar por escrito, alegando alguno de los siguientes motivos:

a) La notable discordancia entre el desarrollo de las programaciones didácticas en el aula y la evaluación.

b) La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación recogidos en las programaciones didácticas de las distintas materias.

c) La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y los obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

d) La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la presente Orden.

ORDEN de 14 de noviembre de 2008, por la que se regula la evaluación y promoción del alumnado que cursa Bachillerato y se establecen los requisitos para la obtención del Título de Bachiller.

Más detalles: leer

Pruebas de la PAU:junio y septiembre 2010

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La nueva PAU

Ponemos a disposición de la comunidad educativa una presentación que complementa la información que están dando los tutores a los grupos de Bachillerato sobre las características de la nueva PAU (Prueba de Acceso a la Universidad): bajar

Dejamos también un documento donde de forma resumida nos dice cómo es la mencionada prueba de acceso a la universidad: bajar

Oferta Bachillerato, curso 10-11

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Cuadros aclaratorios sobre Evaluación

Bajarlo entero como documento.

Artículo 18. Evaluación y calificación de materias pendientes de cursos anteriores

1. La evaluación de las materias pendientes del curso o de los cursos anteriores se realizará en la sesión de evaluación final, dejando constancia de las calificaciones en un acta adicional. No tendrán la consideración de materias pendientes aquellas materias opcionales no cursadas en 3º (Tecnologías, Música o Educación Plástica) que se elijan en 4º, siempre que se haya obtenido una calificación positiva en la materia opcional cursada en 3º.

2. Cuando el alumnado haya promocionado con evaluación negativa en materias con continuidad, la evaluación de éstas corresponderá al profesor o profesora de la materia respectiva del curso actual, de acuerdo con los criterios establecidos por el departamento. En este sentido, se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) La valoración positiva de la materia correspondiente al curso actual implicará la superación de la materia del curso o cursos anteriores. A estos efectos, la superación de las materias de Biología y Geología o de Física y Química de 3.º de la ESO supondrá la superación de la materia de Ciencias de la Naturaleza de cursos anteriores. Asimismo, se actuará con las materias de Informática y Tecnología de 4.º de la ESO en relación con la materia de Tecnologías de los tres primeros cursos. En cualquier caso el profesorado calificará las materias pendientes atendiendo a los criterios establecidos por los departamentos de coordinación didáctica.

b) La valoración negativa de la materia correspondiente al curso actual no impedirá que el profesorado considere si se han alcanzado los objetivos de la materia del curso o cursos anteriores. En este caso la calificará positiva o negativamente, y utilizará la expresión Pendiente (Pte.) a partir de la primera calificación negativa obtenida por el alumno o la alumna en la materia.

3. En el caso de materias que el alumnado haya dejado de cursar, corresponderá la determinación de su superación al departamento de coordinación didáctica correspondiente, de acuerdo con los planes de recuperación que se hayan establecido. A efectos de calificación, se debe utilizar la expresión Pendiente (Pte.) a partir de la primera calificación negativa obtenida por el alumno o alumna en la materia. Asimismo, se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) Si se trata de una segunda lengua extranjera que se ha dejado de cursar como consecuencia de la incorporación a un programa de refuerzo, la valoración positiva de esta medida se considerará equivalente a la superación de la materia. En el supuesto de que la haya dejado de cursar por su incorporación a un programa de diversificación curricular, la superación de la optativa prevista para el primer curso del programa, implicará la superación de la segunda lengua extranjera pendiente. En el caso de que la haya dejado de cursar por su incorporación a un programa de cualificación profesional inicial, la superación de cualquiera de los módulos de carácter general del programa implicará la superación de la segunda lengua extranjera pendiente. En todos estos supuestos la calificación de la segunda lengua extranjera será Suficiente (SU).

b) Si se trata de materias que ha dejado de cursar como consecuencia de su incorporación a un programa de diversificación curricular o a un programa de cualificación profesional inicial y están integradas en alguno de los ámbitos o módulos conducentes al título, la evaluación positiva del ámbito o del módulo correspondiente se considerará equivalente a la superación de la materia o las materias que tenía pendientes. En estos supuestos el profesorado calificará las materias pendientes atendiendo a los criterios establecidos por los departamentos de coordinación didáctica.

c) Si se trata de materias que el alumnado ha dejado de cursar como consecuencia de un traslado de matrícula a un centro en el que no se imparte la materia pendiente, la Dirección del centro de recepción determinará el departamento que, por afinidad, deberá asumir la responsabilidad de la recuperación de la citada materia pendiente.

d) Si se trata de alguna materia opcional de 3.º que deja de cursar en 4.º como consecuencia de la elección de las materias opcionales de este nivel, el alumnado sustituirá la materia pendiente por la no cursada en 3.º.